Maria Moreno de Law Offices of Rodrigo S. Da Silva, P.A.
Una respuesta a la Orden Ejecutiva de Trump sobre inmigración
La Orden Ejecutiva, promulgada el 22 de junio de 2020, limitó la inmigración a los Estados Unidos para proteger a los ciudadanos estadounidenses que sufren el aumento de las tasas de desempleo como resultado de la pandemia del Covid-19. Esta orden impone limitaciones hasta el 31 de diciembre de 2020 con la posibilidad de prorrogarse si es necesario, afectando principalmente a personas fuera de los Estados Unidos que estaban en el proceso de solicitar 1) Residencia Permanente (y no tenían una visa de inmigrante o documento de viaje oficial emitido en abril 23, 2020 o antes); y 2) visas de no inmigrante H, J y L (las personas con un sello de visa válido con fecha del 24 de junio de 2020 o anterior aún pueden ingresar al país).
La Orden no afecta a las personas que ya están en los Estados Unidos y que están procesando trámites de residencia permanente o cualquier otro proceso de inmigración.
La Orden Ejecutiva es el resultado de la política altamente proteccionista que los Estados Unidos está implementando para garantizar que los empleos en el mercado americano estén disponibles para los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes. Al reducir significativamente la inmigración de personas que podrían ingresar al territorio americano para competir por el número reducido de trabajos disponibles, el gobierno busca darle prioridad a sus ciudadanos y residentes permanentes.
¿Por qué explorar la visa E-2 después de la nueva Orden Ejecutiva sobre Inmigración en los Estados Unidos?
A pesar de los desafíos que presenta esta Orden para muchos inmigrantes, también es un fuerte indicador de que las políticas de inmigración de los Estados Unidos tenderán a ser más acogedoras para los inmigrantes que invertirán en los Estados Unidos y crearán nuevos empleos para los ciudadanos y residentes estadounidenses. Este es especialmente un gran momento para buscar visas o estatus “E”, lo que permite que el inversionista no inmigrante y su familia vivan y trabajen temporalmente* en los Estados Unidos. Las solicitudes de inmigración para inversionistas EB-5 también continuarán siendo incentivadas, ya que cada una de estas visas crea al menos 10 nuevos empleos en Estados Unidos. Las visas basadas en inversiones continuarán siendo procesadas regularmente en los consulados americanos (sujeto a los cierres actuales debido a la pandemia).
Además, para aquellos dentro del territorio americano, también existe la posibilidad de aplicar para un cambio de estatus de no inmigrante a un estatus “E”, que actualmente se procesa dentro de 2-5 meses y el cual se puede acelerar a 15 días calendario mediante el pago de una tasa de procesamiento premium. El estatus “E” generalmente se otorga por un período de 2 años y las extensiones o futuras solicitudes de visa en el extranjero están disponibles cuando el negocio continúa calificando.
Además, USCIS ha declarado hasta ahora que continuará procesando regularmente todas las peticiones de inmigración. Por lo tanto, incluso las personas actualmente afectadas por esta prohibición temporal, pueden presentar peticiones (que tardan meses o incluso años en procesarse), ya que probablemente se decidirán después de que se haya levantado o reducido significativamente la prohibición.